jueves, 31 de diciembre de 2020

No cabe postular los derechos fundamentales si se niegan los fundamentos del derecho. El fundamento del derecho no puede ser aquello que el derecho debe resolver, la contradicción libre, sino que ha de hallarse en su opuesto, la afirmación vinculante. 

La contradicción de intereses entre iguales es el presupuesto del derecho y el fundamento de la democracia. Un derecho positivizado y democratizado es un derecho des-fundado, una concesión graciable, un pseudoderecho.

Todo derecho universal e inmutable será un derecho universal, descubierto, deducido; nunca un derecho asambleario, convenido o imaginado. Para que haya libertad civil debe darse una suerte de confesionalidad constitucional, un reino de intangibles morales.

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Propter Sion non tacebis