Supongamos que el principio de no contradicción puede ser contradicho. Eso sería absurdo.
Supongamos asimismo que el principio de no contradicción deriva de otra verdad. Tal verdad debe ser verdadera, es decir, no contradictoria. Por tanto, dependerá del principio de no contradicción, por lo que es falso que el principio de no contradicción derive de otra verdad.
La conclusión es que el principio de no contradicción no es contradicho por nada ni derivado de nada. En consecuencia, carece absolutamente de límites.
Todo lo que no es autocontradictorio, si carece absolutamente de límites, no puede limitarse al reino de lo no existente.
Por tanto, si el principio de no contradicción carece absolutamente de límites, debemos identificarlo con una entidad que existe necesariamente.
Todo lo defectuoso es limitado.
Por tanto, todo lo que carece absolutamente de límites y existe necesariamente también existe perfectamente.
Por tanto, el principio de no contradicción existe necesaria y perfectamente.
Si fuera posible la existencia de dos o más seres perfectos, éstos se limitarían o se incrementarían el uno al otro. Si se limitan mutuamente, no carecen absolutamente de límites ni, por este motivo, son perfectos. Si se incrementan mutuamente, no existen perfectamente, lo que también va contra la premisa. Síguese que no es posible la existencia de dos o más seres perfectos.
Por tanto, todo lo que existe necesaria y perfectamente existe singularmente.
Por Dios se entiende el ser que existe necesaria y perfectamente.
Si el principio de no contradicción y Dios existieran necesaria y perfectamente siendo distintos, no existirían singularmente, lo que hemos concluido ser imposible.
Por tanto, el principio de no contradicción y Dios son uno y el mismo ser.
Por tanto, Dios existe necesaria y perfectamente.
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Propter Sion non tacebis