domingo, 25 de mayo de 2008

Humanismo, quién te ha visto


La dignidad del hombre fue la noción que algunos filósofos del Renacimiento utilizaron para contrarrestar la concepción agustiniana del pecado, excesivamente pesimista y sesgada en alguna de sus versiones. Sería un anacronismo invocarla actualmente, si no fuera porque puede funcionar como freno ante las derivaciones nihilistas del darwinismo. Pero es cierto que apelar a la dignidad sin más, como argumento “ad baculum”, no ayuda nada a resolver las cuestiones. Tampoco ayudan argumentos misérrimos como éste (Pinker):


“because all humans have the same minimum capacity to suffer, prosper, reason, and choose, no human has the right to impinge on the life, body, or freedom of another”.


¿Cuál es la “capacidad mínima” a la que se hace referencia? ¿Resulta cuantificable? ¿Y no sería válido sostener que el mismo derecho que tenemos los hombres sobre los animales lo tienen los hombres más dotados sobre los menos favorecidos por la naturaleza?

El autor iguala mágicamente a todos los hombres -"all humans"- en esa línea de texto, pero no se sigue de su argumentación. Si nuestra diferencia principal respecto a los animales es sólo de grado, hay que encontrar un denominador común que funde nuestro derecho de miembros de una especie. Y éste apelará siempre a la potencia, a la capacidad inmediata de llegar a ser, no a cualidades actuales. Es decir, a cualidades morales (de las que la “dignidad” es sólo un compendio impreciso) y no físicas.




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Propter Sion non tacebis