La moral laica puede ser:
1) Legislada.
2) No legislada.
Si es legislada es inmoral, ya que es impuesta; y si no lo es carece de seriedad. En la moral católica, en cambio, hay leyes para este mundo que han de sancionarse en el otro (y en este el día del Juicio). Eso la convierte en mucho más dúctil y menos burocrática que una hipotética "moral universal laica", como muestro a continuación.
Las penas del infierno tienen la particularidad de no asustar a ningún ateo, ni tampoco a los que consideran que Dios y su ley son malos (gnósticos). Es decir, a los mismos que han decidido desobedecer voluntariamente los preceptos de la religión positiva, los cuales no se verían sujetos por compulsión alguna a obrar de un determinado modo, ya que lo hacen según sus creencias y valoraciones.
Por otro lado, no hay ningún verdadero creyente que crea sólo por miedo. No se puede tener miedo a Dios hasta que no se cree en Dios. El error intelectual, la credulidad o la estupidez congénita, como se quiera, pueden conducir a la creencia o a la descreencia. Pero ¿el miedo? En absoluto.
Por tanto, todos los que creen sinceramente en Dios y obedecen Su voluntad lo hacen de forma libre y sin coacciones, estén o no equivocados. Otro tanto para los que no creen y conculcan los mandamientos.
Sólo hay, pues, un camino para que la moral sea universal y autónoma: la extensión de la fe verdadera.
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Propter Sion non tacebis