domingo, 3 de enero de 2010

No hay derecho


No he leído la ley, pero en espíritu me parece correcta. Contra la blasfemia, pena de multa, como sucede con cualquier otro delito contra el honor perseguido a instancia de parte. La libertad de expresión no surgió para darnos mayor capacidad de agravio mutuo, sino como defensa -limitada, por cierto- frente al poder político. Por ello, cualquiera que prescinda de esta función de control y la emplee contra la propia sociedad civil, tomada ésta en la forma de un individuo o de un colectivo, comete un abuso de derecho e irroga un daño indemnizable o, al menos, sancionable. En contra de la habitual distinción entre personas e ideas, yo no veo gran diferencia entre atacar a un hombre por lo que es y atacarlo por lo que cree, pues un hombre también es lo que cree, y en no pocas ocasiones lamentará más las injurias a su religión que las dirigidas a su persona. Por supuesto, han de darse requisitos estrictos para proceder a la condena, a saber, que haya una voluntad principal y deliberada de ofender, que se emplee un modo de expresión insultante y gratuito y que se prescinda de una mínima argumentación objetiva. Huelga decir que la ley sólo debería aplicarse a ámbitos de difusión masiva como periódicos, revistas, programas de televisión o radio y páginas de internet. Por último, excluiría de esta protección a las sociedades secretas (masonería, cienciología, etc.), ya que ellas mismas se exponen a murmuraciones por su falta de transparencia.

12 comentarios:

Fonseca dijo...

¿Y los que creen en dioses anímicos también tienen derecho a que no blasefeme su religión? ¿Te parecería lógico que multaran a alguien por decir "me cago en la mar"?

Por cierto, si pasas por la plaza Santa Ana de Madrid verás que hay un local de la Iglesia de la Cienciología. Está abierto al público y no sólo estarán encantados de explicare en qué consiste su religión sino que además regalan revistas y DVDs. Por no hablar de que más que una iglesia, parece una editorial de libros...

Si a eso lo llamas falta de transparencia... en fin.



Fonseca

Anónimo dijo...

Un argumento sólido contra esta ley es que no es equitativo dar una especial protección a unas ideas sobre otras. Supongamos que soy hegeliano. Tú puedes decirme sin castigo alguno que Hegel era un gilipollas y su filosofía una mariconada. Sin embargo yo insulto a Mahoma y 25.000 euros de multa. ¿Por qué unas ideas son intocables y otras no? O todas o ninguna. No veo razón para que las creencias religiosas tengan una preferencia especial en detrimento de las creencias políticas o filosóficas, por ejemplo.

Solución: no castiguemos las blasfemias sino sólo las injurias.

Felipe Postigo dijo...

Seguramente la psiquiatría tendría mucho que decir en este caso. Lo que ocurre es que quien padece el trastorno, anda convencido el hombre que es cosa lógica y tan natural andar defendiendo y restaurando la dignidad de los dioses, como si de vulgar minoría étnica se tratara, y que su labor de paladín será recompensada en su imaginado Mas-Allá(imaginado a su medida, claro está), canjeándose por gloria eterna o cientos de doncellas vírgenes (según versiones). Así es que convencidos de que sus propios miedos han de componer el estado ideal de todo hombre, siendo cualquier libertad ajena el peor de sus enemigos, nunca visitan al doctor.

Daniel Vicente Carrillo dijo...

Disculpad la demora. He estado entretenido debatiendo en el blog del segundo enlace hasta el punto de descuidar el mío. Si queréis revisarlo, ahí está mi opinión completa sobre el asunto.

Fonseca:

Si no hay intención de ofender, no hay en mi opinión blasfemia de ninguna clase. En derecho el "animus" es muy importante, y tanto más cuando hablamos de injurias. Y, por descontado, aun así sólo podría alegarse el daño si las injurias fueran públicas y contasen con la suficiente difusión.

Sobre la cienciología prefiero no opinar, ya que hablo de oídas. Tengo entendido que inician a sus miembros por grados, y que sus creencias esotéricas no pueden divulgarse.

Santiago:

Estoy de acuerdo en que éste es el flanco más débil, pero la propia Constitución española hace mención separada en su art. 16.3 de las religiones, con lo que sienta las bases para la discriminación positiva, y ello según la realidad histórica, en la que las religiones suelen tener más peso e influencia social que las escuelas de filosofía.

Felipe:

No hay que defender a Dios, sino evitar la caracterización injusta de los creyentes o su ofensa indiscriminada mediante falsedades o insultos. Ahora bien, mientras haya argumentación la libertad de expresarse debe primar. Esta medida pretende colar sólo lo más grosero, zafio y burdo del anticristianismo, aunque pueda servir para el resto de religiones en un marco de tolerancia.

Alberto dijo...

¿Si no hay ánimo de ofensa no hay blasfemia?, ¿quien juzga si hay ánimo de ofensa?
Ese es el problema.
Si yo digo:
Dios es absolutamente absurdo y rencoroso.
Dios es absolutamente injusto y estrechamente vinculado con intereses políticos.
Dios es torturador e inquisidor eterno.
¿Hay ánimo de ofensa?

Apunte y Crítica dijo...

Fonseca, Felipe y demás hierbas. Escribís de oído. Hay que loeer los artículos del Código, si no, ¿Cómo sabéis lo que dice la ley?

Por otro lado el delito no es propiamente de blasfemia (ofensa a Dios), sino en tanto de ofensa a los creyentes.

Se protege como indico (art. 525) la ofensa de los sentimientos de los creyentes (sin especificar religión, que se podría hacer, ojo) y también los de los no creyentes (artículo 525 in fine).

P.D. La intencionalidad se mide a través de actos externos que permitan juzgar sobre el fuero interno; sólo si está clara la intención de ofensa habrá condena (in dubio pro reo), y sobre eso hay mucha jurisprudencia.
Dejad la demagogia a un lado e informaos un poco.

Daniel Vicente Carrillo dijo...

Lo que se evita con la regulación de la blasfemia son las opiniones ofensivas carentes de fundamento, a las que nada se puede replicar como no sea devolviendo el insulto con otro mayor. Ahora bien, puesto que ésta sería una dinámica nociva y, por otro lado, tampoco puedo pedir a un igual que sufra indefinidamente por garantizarme a mí un derecho, concluyo que dicho derecho no existe. Si crees que la ley no debe atender a las creencias particulares de nadie, opinas o bien que la ley debe definir lo sagrado (lo que no sitúa en una teocracia) o que no debe tenerlo en cuenta en absoluto (lo que conlleva una discriminación negativa).

El ámbito de la política en democracia debe ser controlado por la opinión pública, y de ahí que se le dé el derecho de expresarse y censurar (un derecho limitado, recuerdo). Pero el de la religión no exige iguales cautelas, pues o se trata de una religión ajena que no me vincula moralmente, o puedo abandonarla si es la mía y discrepo de sus planteamientos. El derecho universal al agravio en materia de fe, tal y como lo planteáis, es antisocial.

Anónimo dijo...

Irich:

Sí. Estoy de acuerdo en que un tipo de ley así cabría en la Constitución española debido a la ambigüedad del término cooperación (en el que cabe todo o no cabe nada según el gobierno de turno) y, como mencionas, a la importancia social de las ideas religiosas con respecto a las filosóficas, no tan patente o más dispersa (no obstante, con las políticas cabría debate).

Pero creo que otro problema importante sería entender bien qué significa no respetar las ideas religiosas de alguien. ¿Broma, ironía, parodia, caricatura o sátira serían blasfemia? Creo que aquí hay un conjunto borroso en el que, dependiendo igualmente del gobierno o del juez de turno, podría apretarse más o menos. Y creo que, precisamente allí está lo peligroso: eliminar cierta posibilidad de crítica a lo religioso.

Daniel Vicente Carrillo dijo...

Muy cierto. Porque ¿hemos de prohibir las obras del genial Luciano por llamar a Jesús "sofista empalado" en uno de sus relatos? ¿Censuraremos también el Anticristo de Nietzsche? Se requiere una jurisprudencia que matice cada caso. Mi parecer es que, estando el insulto contenido en una obra filosófica o literaria cuyo propósito es argumentativo o superior al de la mera injuria, no hay razones para estimar que constituye lo que suele entenderse por blasfemia, a saber, una expresión u obra aislada con la finalidad principal o exclusiva de ofender a un determinado credo religioso, y ante las que no cabe esgrimir una réplica racional.

De las figuras que mencionas, sólo la ironía me parece completamente fuera de toda posible regulación, pues se presta al doble sentido. Del resto habría que ver cuál es su carga de racionalidad y de emotividad, cuál su intención fundamental, cuál su grado de verdad o desprecio a la misma, etc. Insisto en que sólo habría que colar lo más grosero, esto es, la basura pornográfica y las calumnias.

Daniel Vicente Carrillo dijo...

Alberto:

El genocidio, la tortura y semejantes cargos de los que puedas derivar una supuesta injusticia son calificaciones jurídicas. Para imputárselas a Dios deberías asumir a) que las acciones de Dios que tienes a bien enjuiciar son en sí delictivas (es decir, contrarias a alguna ley vigente entonces o considerada universal ahora), y b) que, siendo el Creador de cuanto existe, no puede destruir al hombre con todo derecho (esto es, sin desproporción reprochable). Si falla cualquiera de estas premisas y no sólo no las demuestras, sino que ni siquiera lo intentas, estás mintiendo deliberadamente con el propósito de injuriar.

¿Puedo decir en un programa de televisión "prime time" que los judíos adoran a un dios infanticida?

szociofoto dijo...

"Por último, excluiría de esta protección a las sociedades secretas (masonería, cienciología, etc.), ya que ellas mismas se exponen a murmuraciones por su falta de transparencia. "

... es tan bueno.... casi creí que se podía tomar en serio el texto, hasta que lo leí.

por cierto, al comentario:

"Mi parecer es que, estando el insulto contenido en una obra filosófica o literaria cuyo propósito es argumentativo o superior al de la mera injuria, no hay razones para estimar que constituye lo que suele entenderse por blasfemia"

¿tiene que ser literaria y filosófica?, ¿con eso basta?.
¿Las caricaturas que se hicieron de mahoma no son filosóficas?
¿Que consideras que tiene que tener algo para ser filosófico?
¿Unas tapas donde ponga filosofía?

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Luego en los comentarios dices:

"El genocidio, la tortura y semejantes cargos de los que puedas derivar una supuesta injusticia son calificaciones jurídicas."

Ah, o sea que la tortura es tortura solo porque hay una figura jurídica detras ¿Insinuas eso?
Y si no la hay ¿que es?
¿nada?
¿si no es delito no es tortura?

"que, siendo el Creador de cuanto existe, no puede destruir al hombre con todo derecho"

y si lo hace torturando. ¿Tampoco es tortura?

Lo que dices no tiene lógica alguna.
Solo son juegos de palabras sin mucho fundamento.

Se que no te voy a convencer, pero me da un poco igual.

Solo decirte que si estás tomando alguna medicación. No la dejes.

¿Esto último ha sido ofensivo?
¿Hay ánimo de ofensa?
¿es carente de fundamento?
Me da que usas la lógica muy a tu antojo y eso es extremadamente peligroso.

Siento "meterme donde no me llaman", pero en realidad fuiste tú quien me llamaste con tu comentario.
http://rinzewind.org/archives/2010/01/04/cobardia-preventiva/

Daniel Vicente Carrillo dijo...

Hola, Xaxa. Bienvenida.

¿Las caricaturas que se hicieron de mahoma no son filosóficas?

No. Y siempre estuve en contra de ellas, y lo estuvo Roma. Otra cosa muy distinta es disculpar a los energúmenos que tomaron el caso como pretexto para cargar contra los "cruzados".


¿Que consideras que tiene que tener algo para ser filosófico?

Creo que lo he dicho ya: prestarse a refutación, por incorrecto que sea. Una caricatura está más allá de lo verdadero y lo falso, ya que su único propósito es hacer reír a unos mientras se hace sufrir a otros. Lo llamáis "humor", pero lo único que hace que estas representaciones sean graciosas en algún grado es vuestro conocimiento de que nos ofenden. Nunca veremos una caricatura de Esculapio, de Pitágoras o de Apolonio de Tiana. Por tanto, están ahí sólo para molestarnos y para dejaros que disfrutéis a costa de nuestra paciencia. Como no me canso de repetir, esto es antisocial y el derecho no debe avalarlo sin una razón de peso.


Ah, o sea que la tortura es tortura solo porque hay una figura jurídica detras ¿Insinuas eso?

Sí. Lo que se padece conforme a la justicia no es tortura, o no es tortura delictiva, sino lo que suele llamarse un tormento o castigo.


y si [Dios] lo hace torturando. ¿Tampoco es tortura?

Si no crees en el Dios de los judíos, no debes atribuirle más ni menos de lo que los judíos le atribuyen. Siendo, según ellos, el creador de todo, tiene un derecho absoluto a aniquilarlo todo, mientras no se contradiga y respete sus promesas, pues de lo contrario atenta contra sí mismo. En la Biblia Dios ordena no matar con carácter general, mas con carácter particular autoriza la venganza contra todos aquellos que han violado el derecho natural o el divino en algún sentido, lo cual incluye en repetidas ocasiones a los propios israelitas.

Esto implica que Dios no ordenó injusticias manifiestas. Conviene no simplificar la historia sagrada en episodios de buenos contra malos, siendo más bien la narración del devenir de las alianzas y conflictos de un pueblo semibárbaro con los de su entorno. Las guerras no surgieron del puro fanatismo. Los egipcios esclavizaron a los judíos; los moabitas violaron sus derechos de paso durante el éxodo; los amalecitas tenían la fea costumbre de asaltar y saquear; los amonitas maltrataron a sus embajadores; los edomitas lucharon con los caldeos contra ellos y se apropiaron de sus bienes; los sodomitas conculcaron el deber de hospitalidad, etc. etc. Además, Dios ofrece el arrepentimiento y sólo destruye a quienes son recalcitrantes en su desafío.

En los tiempos bíblicos los dioses eran patrones de las ciudades y protectores de los pueblos. Así, un culto monoteísta como el de Israel era irreconciliable con el idólatra de las naciones vecinas, ya que convivir con sus dioses conllevaba apostatar del suyo. Por ello fue necesario que Dios concediese a los hebreos una tierra donde adorarlo en libertad y poder comerciar.