miércoles, 4 de febrero de 2009

Más allá de la moral cartesiana-III (puntualizaciones a J.Z.)


En primer lugar, aclarar sólo que no dije que la injusticia consista en la autocontradicción de los sistemas normativos, sino que la justicia tiene como condición necesaria la no contradicción recíproca de los preceptos justos (aquellos que no dañan gratuitamente y defienden intereses legítimos). Las normas ajenas a unas reglas epistemológicas comunes son inoperantes; no sólo porque se dificulta su inteligencia (lo mismo sucedería si estuvieran escritas en chino), mas debido a que su manifiesta falta de verdad, resultante de su inarmonía en el sistema, impide que sean generalmente aceptadas, pese a que se entiendan perfectamente.

En segundo lugar, no transijo con el "para nosotros" o, mejor dicho, el "para mí" como complemento relativizador de ninguna palabra. Las palabras tienen un significado unívoco para todos los que las usan como procede, siempre que no se refugien en la vaguedad. Con los valores no es distinto. ¿O acaso pertenecen a una parte especial del lenguaje?

Pero dirás que puedo estar seguro, con todo, de que algo me conviene al tiempo que perjudica a otros. Y que esta diversidad de los efectos podría llevarme a pensar que la causa de los mismos no está en el hecho en sí, sino en la mente de quien los aprecia. Ahora bien, aquí radica precisamente la diferencia entre el plano estético y el ético, entre la introspección y la acción. El Derecho no se ocupa de la belleza del almendro en flor en primavera ni, en general, de materias opinables y sin relevancia social. Su cometido es evaluar sucesos cuyo juicio no ha de depender de preconcepciones individuales. Así, para que se estime fraude deberá probarse el perjuicio y el dolo; nadie nos preguntará qué entendemos por fraude.

Finalmente, me temo que hablamos de cosas distintas cuando nos referimos a las emociones. Comprendo, y así lo he señalado desde el primer mensaje, que las emociones son estados de ánimo de origen pasional o inconsciente, que carecen de intención o fin y, por tanto, de substantividad moral. Es decir, de mi alegría o mi tristeza no puede inferirse mi bondad o mi maldad. Una "emoción moral", pues, es una contradicción en los términos, ya que no hay moral donde no existe reflexión, y por tanto tampoco responsabilidad o culpa. En ello nos basamos cuando eximimos a los disminuidos psíquicos y a los dementes por determinados crímenes.

El uso de palabras engañosas como "empatía" nos confunde continuamente. Aunque el término nos predisponga a creer otra cosa, los sujetos normales no estiman la injusticia de un delito porque compartan el pathos de la víctima (bien podrían compartir el del delincuente), así como no reconocen la justicia de unos comicios sólo cuando se identifican con los vencedores. Son reflexiones objetivas las que generan esta clase de asentimientos. Todavía más: incluso en las identificaciones "pasionales" hay razonamientos subyacentes, verdaderos o falsos; no son meras reacciones orgánicas ante determinados estímulos, lo cual permite que podamos cambiar de opinión radicalmente sin que nuestra constitución física cambie (en contra de Galeno), o bien el que la mantengamos a lo largo de nuestra vida con independencia de los avatares por los que pasemos.

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