lunes, 7 de septiembre de 2009

El sacramento esclavo, o lo eterno masculino




No hay tal cosa que pueda llamarse con propiedad "contrato social", si con ello intentamos describir la sujeción permanente del hombre a una autoridad soberana que le haga cumplir con sus obligaciones frente a terceros y frente a sí mismo, castigándolo en caso contrario. Corresponde a los contratos ser libres en su inicio, temporales en su desarrollo y rescindibles en su fin. Ninguna de estas características está comprendida en la noción ahistórica de "contrato social".

Si tuviera que resumir la cuestión en cinco figuras mnemotécnicas, sería como sigue:

Contrato: Libertad en inicio, duración temporal, libertad autónoma en fin.

Sacramento: Libertad en inicio, duración temporal, sin fin.

Patria potestad:
Sumisión en inicio, duración temporal, libertad autónoma en fin.

Esclavitud: Sumisión en inicio, duración temporal, libertad heterónoma en fin.

Poder público:
Sumisión en inicio, intemporal, sin fin.

A diferencia del amo en la esclavitud, el Estado no puede liberar a sus súbditos. Incluso condenándolos al exilio sigue teniendo potestad sobre ellos, en tanto que les impide regresar a sus fronteras.

Por tanto, el poder público impone el grado más elevado de obediencia entre todas las figuras posibles de obligación.

*

Viene de aquí.

3 comentarios:

Héctor Meda dijo...

Sí, me gustó el comentario y bien merece su recogida en un post porque, efectivamente, la idea "contrato social" me parece un oxímoron y las razones que das resultan tremendamente convincentes.

Dicho esto, falta terminar explicando por qué se da en nuestras sociedades contemporáneas tal relación de poder, como dije en su momento, porque el ejercicio de la coacción, para vetar aquellos comportamientos que instintivamente juzgamos repulsivos moralmente, está inscrito en nuestra naturaleza humana y surge espontáneamente sin necesidad de legitimarlo.

Daniel Vicente Carrillo dijo...

Hola, Hector.

Me alegro de que estemos de acuerdo en lo básico. El "contrato social" es el único que no admite escapatoria: si se cambia de nacionalidad, se nova por otro "contrato" de naturaleza idéntica, sin que podamos sustraernos a esta hipotética libertad de contratar.

Pero este blog es antirousseauniano hasta el tuétano. Y si no me convence la teoría política de ese filósofo, menos todavía lo logra su teoría antropológica y su "buen salvaje".

Nuestra naturaleza no es de fiar en absoluto, y la prueba es que nos imponemos leyes y designamos autoridades para mantenerla bajo control. La bondad es tan espontánea como la maldad, pero más inusual (por cada justo que encuentres te presentaré a diez inicuos). Por tanto, aunque el derecho natural se manifieste en nuestras nociones innatas de lo bueno y lo malo, la historia nos muestra que no siempre se han interpretado de la misma manera. Un iusnaturalismo empírico se me antoja imposible.

Daniel Vicente Carrillo dijo...

Veo que hablas en tu post de la necesidad del Estado para acelerar los procesos evolutivos en materia de conducta social. Yo soy más pesimista. Rechazo que la especie pueda mejorar en su conjunto de una forma natural, y creo que sólo se logra la perfección a través de la sumisión. Pienso que, en el actual estado de caída, el bien es la costosa desviación (el camino angosto) y el mal la tendencia sin esfuerzo. La raíz de todo esto es un misterio que no he conseguido desentrañar jamás.